Sentenciados y la empresa deberán pagar Reparación Civil a favor del Estado peruano
Nota de Prensa N° 007-2019-KENÉ
El jueves 8 de agosto de 2019 a las 05:00 pm, el Segundo Juzgado Unipersonal Penal de Maynas – Loreto, a cargo del magistrado Hesbert Benavente Chorres, procedió a dar lectura a la Sentencia del Juicio Oral seguido en la Carpeta Fiscal 2506015200-2013-234-0, Expediente Judicial N° 00740-2014-41-1903-JR-PE-04, Resolución N° 16 del 25 de julio del 2019, por los delitos de tráfico ilegal de productos forestales de aproximadamente 1900 hectáreas de bosques primarios en la localidad de Tamshiyacu, distrito de Fernando Lores, Loreto.
A solicitud del Fiscal Provincial de la FEMA Maynas, Sr. Alberto Yusen Caraza Atoche, el Juzgado condenó a 08 años de pena privativa de la libertad a Rubén Antonio Espinoza, Ex Gerente General de la empresa Cacao del Perú Norte SAC (ahora Tamshi SAC), por los delitos contra los recursos naturales en la modalidad de delitos de tráfico ilegal de productos forestales maderables y obstrucción de procedimiento en su forma agravada, delitos tipificados en los artículos 310-A, 310-B, y 310-C numeral 6 del Código Penal, en agravio del Estado peruano. Debido a que no se presentó a la audiencia, el Juzgado emitió la orden de captura contra el sentenciado.
Asimismo, el Juzgado ordenó una pena privativa de libertad suspendida de 04 años contra Ernesto Vega Delgado, (ex Jefe de Operaciones de Cacao del Perú Norte SAC), y contra Giovanny Cubas Ramírez (personal de campo de la citada empresa), por los delitos de tráfico ilegal de productos forestales maderables.
Finalmente, el Juzgado determinó un pago de S/. 15’720.461.27 soles de Reparación Civil a favor del Estado peruano, monto que deberá ser cancelado por la empresa Tamshi SAC como tercero civil responsable.
Este caso, que se iniciara en el 2013, fue declarado Complejo y Emblemático. Tras 6 años de investigaciones y diligencias, este fallo marca un precedente significativo para los procesos contra la afectación de los bosques en el Perú.
Lima, 08 de agosto de 2019
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