Nota de Prensa N° 011-2019-KENÉ
El 22 de octubre del 2019, personal de la Dirección de Medio Ambiente de la Policía Nacional del Perú – Región Huánuco constató el transporte de aprox. 28.726 m3 de madera de madera Tornillo (Cedrelinga catenaeformis), realizado por el vehículo con placa B6E-904 / F4Q-978 conducido por Félix Edmundo Panduro Ventocilla, identificado con Licencia de Conducir N° Q-04037724. El transporte de la madera se realizaba amparado con la GTF N° 013-318964 emitida el 18 de octubre de 2019 por el Ing. Ladislao Panduro Guzmán, de la Gerencia Forestal y de Fauna Silvestre del Pucallpa – Departamento de Ucayali, con destino a la ciudad de Lima.
Según la trazabilidad documentaria realizada por personal especializado de inteligencia, la citada madera procedería del Título Habilitante C.E.F. N° 16-LOR-PUT/PER-FMC-2018-018, aprobado mediante R.J. N° 020-2018-GRL-GGR-GRDFFS-UGFFS-PUTUMAYO D.E.M.A. (Ver Anexo I), cuyo titular es la Comunidad Nativa Nueva Esperanza, anexo Nueva Jerusalén y Urcomiraño, ubicada en el distrito Teniente Manuel Clavero de la Provincia del Putumayo, departamento de Loreto1.
Con fecha 10 de agosto del 2019, el Ing. Juan Luis Flores Vargas, jefe de la Oficina Desconcentrada Forestal y Fauna Silvestre de la provincia del Putumayo, Loreto, habría emitido la GTF N° 16-000067, mediante la cual se movilizan 2075 piezas de madera aserrada Tornillo, equivalentes a 101.673 m3 aserrados. En dicho documento se declara:
Las 2075 piezas de madera aserrada de Tornillo procedentes del Putumayo habrían sido transportadas con la GTF N° 16-000067 (Anexo II), vía fluvial hacia la provincia de Maynas, en la embarcación M/F Rey del Putumayo y A/F Titanic I, donde se habría procedido el canje de Guía de retransporte y traslado de la madera a otra embarcación. De Maynas hacia Pucallpa la madera es transportada en la motonave fluvial M/F Gryel II, con GTF N° 016-6879 (Ver Anexo III). De Pucallpa a Lima, la madera es transportada por vía terrestre en diversos camiones con 6 GTF, entre ellas la GTF N° 013-318964 (Anexo IV).
Sin embargo, de acuerdo con la base de datos de la Dirección General de Capitanías y Guardacostas – DICAPI, el conductor de la embarcación M/F Rey del Putumayo, Édison Rojas Flores, identificado con DNI N° 05624235, carecería de Licencia de Conducir naves fluviales. Adicionalmente, la Licencia de Conducir N° DI-21881-01-PRF, consignada en la GTF N° 16-000067 no existiría.
Adicionalmente, de acuerdo con información oficial de la Marina de Guerra del Perú, la E/F Rey del Putumayo, con matrícula N° IQ-39293, registra a la fecha una Medida Cautelar de embargo en forma de Orden de No Zarpe e Inmovilización de Embarcaciones Pesqueras, dispuesta por el Ejecutor Coactivo Municipalidad Distrital La Punta – Callao, (Of. N° 014-2016-MDLP/GR/EC del 06 de julio del 2016)2.
Según información de Inteligencia Naval, las sedes de DICAPI – Loreto no contarían con registros de zarpe y/o arribo de la M/F Rey del Putumayo y A/F Titanic I durante el mes de agosto del 2019 desde el Putumayo hacia Maynas, y viceversa, información que puede ser corroborada ante la DICAPI Loreto y Autoridad Portuaria Nacional. Ello abre la interrogativa sobre el mecanismo de transporte y el origen controversial de la madera: i) si efectivamente las 2075 piezas de madera aserrada Tornillo fueron transportadas en las embarcaciones consignadas en la GTF N° 16-000067; ii) si la procedencia de la madera es efectivamente el Título Habilitante C.E.F. N° 16-LOR-PUT/PER-FMC-2018-018; o iii) si la madera fue acopiada localmente en Maynas y legalizada con los documentos antes mencionados?
Hasta el 26 de octubre del 2019 habrían ingresado a la ciudad de Lima 07 camiones con cargamentos de madera Tornillo, presuntamente procedentes de la CC.NN. Nueva Esperanza anexo Nueva Jerusalén y Urcomiraño, amparados con las siguientes GTF (por reconfirmar):
Cabe destacar que antes de llegar al Puesto de Control de Corcona (SERFOR – Lima), dicha madera fue controlada y autorizada en los Puestos de Control de Maynas, Requena y Contamana (GORE Loreto), Pucallpa, 10,500, Km. 86 y Aguaytía (GORE Ucayali), Rancho (GORE Huánuco) y La Oroya (ATFFS Junín), sin que en dichas sedes se verificara la veracidad de la información contenida en las GTF, cuya vulneración constituiría una infracción muy grave prevista en el literal i) del Art. 207° del Reglamento para la Gestión Forestal de la Ley N° 29763.
En base a esta investigación preliminar de una presunta infracción a la legislación forestal, se recomienda a las Autoridades de Control Forestal y de Fauna Silvestre a nivel nacional y regional, reforzar las acciones de verificación de la documentación, trazabilidad y veracidad del origen de los cargamentos de madera antes reseñados.
1 Sobre la aprobación de la R.J. N° 020-2018-GRL-GGR-GRDFFS-UGFFS-PUTUMAYO D.E.M.A., cabe destacar la celeridad en la aprobación de los diversos instrumentos que sustentan dicha Resolución. Así, el 27 de diciembre de 2018 se emitió el Informe Técnico N° 139-2018-GRL-GGR-GRDFFS-SGGFFS/EJDM, con los resultados del análisis espacial y superposición de la DEMA. Ese mismo día también se aprobó el Informe Técnico N° 340-2018-GRL-GGR-GRDFFS-SGGFFS/MDPAA emitiendo opinión favorable en la evaluación del componente ambiental del Expediente Técnico. El 28 de diciembre del 2018 se aprobó el Informe Técnico N° 015-2018-GRL-GGR-GRDFFS-UGFFS-PUTUMAYO recomendando la aprobación de la Declaración de Manejo (DEMA), y ese mismo día se suscribió el C.E.F. N° 16-LOR-PUT/PER-FMC-2018-018 entre el Ing. Juan Arirama, Jefe de la Unidad de Gestión Forestal y Fauna Silvestre de la provincia de Putumayo – San Antonio del Estrecho, y el Sr. Rolando Panduro Coquinche, Jefe de la Comunidad Nativa Nueva Esperanza, anexo Nueva Jerusalén y Urcomiraño.
2 La madera tendría como destino la empresa Maderas HEBNAMP EXPORT S.A.C. ubicada en la Mz. B Lote 05 Urb. Naranjito Puente Piedra, Lima, y con RUC N° 20508525479
Lima, 28 de octubre de 2019
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